domingo, 21 de febrero de 2010

Revolución fortalece presencia de venezolanas en cargos de elección popular

Caracas, 19 Feb. ABN (Emma Grand).- Las políticas del gobierno de Hugo Chávez, de incentivar la participación de la mujer en las tomas de decisiones del país en igualdad al hombre, no han sido sólo discurso. Y es porque en este decenio de revolución, la presencia femenina se ha incrementado en cargos de elección popular y de nombramiento por el Ejecutivo y el Legislativo.

De los cinco poderes públicos sólo el Ejecutivo es ocupado por un hombre, Hugo Chávez, el resto es presidido por mujeres. En el Electoral está Tibisay Lucena, en el Legislativo, Cilia Flores; en el Judicial, Luisa Estela Morales; y en el moral, este último compartido, se encuentran en la Fiscalía Luisa Ortega Díaz, en la Defensoría del Pueblo Gabriela Ramírez y en la Contraloría Clodosvaldo Russián.

Aunque en el gabinete ministerial la proporción es menos favorable para la mujer, de unos 25 despachos sólo el de Comunicación (Blanca Eckhout), el de Pueblos Indígenas (Nicia Maldonado), el del Trabajo (María Cristina Iglesias), el de Deportes (Victoria Mata), el de las Comunas (Érika Farías) y el de la Mujer e Igualdad de Género (María León) están en manos femeninas, lo que representa 24% del total de los ministerios.

Sin embargo, en puestos de elección popular la mujer revolucionaria está saliendo favorecida.

Los resultados de las elecciones a los consejos legislativos regionales de noviembre de 2008 demuestran que la aplicación de una normativa de paridad y alternancia de los candidatos, mitad hombres y mitad mujeres, incrementa la representación política de estas últimas en el país.

Un cuadro comparativo del Consejo Nacional Electoral (CNE) con los resultados de las elecciones a consejos legislativos regionales de 2004 y 2008 así lo evidencia. En el último proceso electoral las mujeres obtuvieron casi el 50% de los cargos elegibles, mientras que cuatro años atrás sólo 10% de presencia femenina.

Para las elecciones regionales de noviembre de 2008, la directiva del Poder Electoral aprobó una normativa que establecía a los partidos políticos incorporar en sus listas electorales, para la constitución de los consejos legislativos del país, el principio de igualdad con paridad y alternancia en las que debía haber una representación de 50% mujeres y 50% hombres.

La misma proporción se espera para las elecciones parlamentarias del próximo 26 de septiembre.

La ministra de la mujer, María León, solicitó en días pasados a la presidenta del Consejo Nacional Electoral (CNE), Tibisay Lucena, el cumplimiento de la igualdad, paridad y alternabilidad de género en las postulaciones para estos sufragios.

Y citó como precedente la normativa aprobada por esta institución electoral para la integración de los consejos legislativos regionales en 2008, con una proporción de 50% hombres y 50% mujeres.

Ante esta solicitud, Lucena exhortó a los partidos políticos a incluir en sus listas de candidatos a diputados de los dos sexos en la misma proporción.

Primarias revolucionarias

Los partidos Socialista Unido de Venezuela (PSUV) y Comunista de Venezuela (PCV) ya tienen la fórmula para escoger a los candidatos que los representarán en las elecciones parlamentarias nacionales. Ambas determinadas por la igualdad de género. Las listas que presentarán a la Alianza Patriótica estará integrada con 50% hombres y 50% mujeres.

El presidente del PSUV, Hugo Chávez, reunido con 772 delegadas y delegados del partido en un Congreso Extraordinario que se realizó en el Teatro Municipal de Caracas, dijo que es necesaria la creación de un reglamento para escoger de una forma transparente a los candidatos de la tolda roja a la Asamblea Nacional.

Los aspirantes al Parlamento nacional por el PSUV serán escogidos por la base mediante elecciones primarias y, luego de conocer los nombres, estos serán presentados por el partido ante sus aliados de la Alianza Patriótica.

El PCV también anunció las normas y requisitos que establecieron para las precandidaturas parlamentarias de su partido.

Carlos Aquino, miembro del buró político de la tolda del gallo rojo, indicó que la selección de los aspirantes a diputados para la Asamblea Nacional se realizará de acuerdo con el exhorto del CNE, con una proporción de mitad hombres y mitad mujeres.

Estas son las primeras elecciones internas del partido que aplican este método. En las elecciones de los consejos legislativos regionales de 2008, comentó Aquino, la paridad de género de los candidatos se aplicó directamente en la lista, como establecía la normativa del Poder Electoral, no se hizo en las primarias del partido.

Los escogidos por el PCV, en sus primarias, serán presentados ante los partidos aliados, tal como se hizo en las elecciones de los consejos legislativos regionales de 2008, para ir en unidad a los sufragios parlamentarios.

Entre los partidos aliados se encontraban Patria Para Todos (PPT), Movimiento Electoral del Pueblo (MEP), Joven y Unidad Popular Venezolana (UPV), entre otros.

Antecedente venezolano

En 1997, el antiguo Congreso aprobó en Venezuela una ley de cuotas que establecía que el 30% de los cargos de diputados y senadores debían ser ocupados por mujeres, no obstante, se aplicó una sola vez, en 1998, y en el 2000, la antigua Corte Suprema de Justicia la declaró inconstitucional.

Marelys Pérez Marcano, presidenta de la Comisión de Mujer, Familia y Juventud de la Asamblea Nacional (AN), señaló que a consecuencia de la supresión de esta ley hubo una reducción de la participación de la mujer en el Parlamento, pasó de 12% a 10%. En el 2000, de 167 parlamentarios, sólo 17 eran mujeres, señaló.

Explicó Pérez Marcano que la cuota se coloca para abrir los espacios de participación política de la mujer "y favorecer el camino hacia la igualdad".

El proyecto de Ley Orgánica para la Equidad e Igualdad de Género, aprobado en primera discusión por la Asamblea Nacional en 2008, establece el artículo 57 que "en cumplimiento de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y a los fines de garantizar una sociedad justa, participativa, protagónica y el pleno ejercicio de la democracia, la participación social y política de mujeres y hombres en igualdad de condiciones se regirá por el principio de paridad que implica la integración de un 50% de mujeres y un 50% de hombres, utilizando el mecanismo de alternabilidad por sexo, mujer-hombre u hombre- mujer".

De esta manera se busca garantizar la participación de la mujer en igual condición que la del hombre.

Antecedentes latinoamericanos

Argentina, en 1991, mediante la Ley de Cupos, estableció una cuota del 30% de candidaturas de representación para las mujeres en el parlamento.

Este fue el primer país latinoamericano en introducir las cuotas y, además, con especificaciones sobre su colocación y mecanismos de sanción.

En 2002 Argentina alcanzó un 30,7% de representación femenina en la Cámara de Diputados y un 35,2 % en el Senado.

Y en 2007 la ex senadora Cristina Fernández obtuvo la Presidencia de la República. La primera mujer electa presidenta por el voto popular en este país. Continúa en el cargo.

Costa Rica, el país latinoamericano que tiene la cuota más alta (40%), escogió por primera vez a una mujer como presidenta, Laura Chinchilla Miranda. Las elecciones se realizaron el pasado 7 de febrero.

Contrariamente, Chile posee una ley de cuotas mínima, de 12%, pero en este decenio eligió a su primera presidenta, Michele Bachelet, recientemente fuera del cargo.

La Ley de Cuotas se acoge a los lineamientos trazados por la IV Conferencia Mundial de las Mujeres celebrada en Beijing, China, en 1995 que planteó que los Estados deben tomar medidas temporales 'encaminadas a acelerar la igualdad entre hombres y mujeres'.

No obstante, el establecimiento de un cierto porcentaje no significa que las candidaturas de mujeres tengan la posibilidad real de traducirse en una proporción semejante de escaños.

Esto explica por qué en países en donde existen las cuotas la representación de las mujeres en sus respectivos órganos legislativos alcanzan actualmente apenas un promedio general del 15,8%.

Una disposición adicional que sirve para reforzar la eficacia de las cuotas consiste en fijar una distribución obligatoria de las candidaturas de mujeres y sanciones precisas en caso de incumplimiento, tales como el rechazo de parte de la autoridad electoral para registrar las listas de candidatos presentadas.

En Argentina la ley plantea que las candidatas estén colocadas en proporciones suficientes para ser elegidas.

En Bolivia está establecido que de cada tres candidatos uno debe ser mujer y en Paraguay, de cada cinco lugares, uno debe ser ocupado por una mujer.

En el caso de México, la legislación obliga a los partidos a que las candidaturas que postulen no excedan del 70% para un mismo género.

En países donde las listas de candidatos para ocupar escaños parlamentarios son abiertas, como en Perú, Ecuador, Panamá y Brasil; la promoción de las candidaturas femeninas se deja en manos de los electores.


http://www.abn.info.ve/noticia.php?articulo=221246&lee=4

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