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.Lima, 10 dic. 09. AmecoPress/SEMlac.- Cerca de 100 peruanas acuden diariamente a los Centros de Emergencia Mujer (CEM), creados para atender casos de maltrato familiar y sexual. Sin embargo, según el informe Nº 144 de la Defensoría del Pueblo, \"Centros Emergencia Mujer: Supervisión a los servicios de atención especializada a víctimas de violencia sexual\", estos no están funcionando. En la supervisión, la Defensoría constató que no cuentan con un servicio de atención multisectorial, por lo que no se ha logrado el objetivo de reducir la ruta que siguen las víctimas de violencia. Durante 2008, el Instituto de Medicina Legal atendió diariamente a 75 mujeres por casos de violencia sexual y el Ministerio del Interior decepcionó 7.560 denuncias de violación sexual. El 91,7 por ciento (6.932) de las víctimas fueron mujeres, mientras que en la Policía Nacional, de las denuncias recibidas por delito de violencia sexual, 44 por ciento correspondió a jóvenes entre 14 y 17 años de edad. \"Dentro de 17 meses, es decir, en mayo de 2010, verán mi caso en el poder judicial. Presenté mi denuncia por maltrato en diciembre de 2008. Después de haber insistido varias veces en la comisaría, mi denuncia fue admitida, pero primero tuve que pasar por el médico legista y hacer terapia psicológica como medida cautelar; y como no tengo dinero estoy yendo al hospital, donde las citas en salud mental son cada cinco meses\". Estas resignadas palabras corresponden a Florencia, una de las pocas peruanas que no ha cejado en su denuncia y espera que la lenta justicia sancione al padre de sus hijos, responsable de muchos años de maltrato físico y psicológico. \"Con la sentencia ya podré iniciar el juicio de divorcio\", agrega. Florencia tiene 47 años, pero luce mayor. Tiene tres hijas, un hijo y seis nietos; ha perdido algunos dientes en las peleas con su ex pareja, actualmente trabaja para una empresa de limpieza y hace tres años logró que el padre de sus hijos se fuera de la casa. \"Estábamos separados por más de ocho años, pero no se quería ir; decía que también era su casa. Pero una tarde que le quiso pegar a mi hijo, yo justo estaba cocinando, me aloqué, tenía el cuchillo en la mano y lo amenacé; él me quiso pegar, pero resbaló y se pinchó con el cuchillo, se hirió en el brazo, se asustó. Se fue diciendo que ya no iba a poder dormir tranquilo. Me amenazó, pero estaban mis hijas, que vieron que fue accidental. Y se fue\", recuerda. Lamentablemente, su caso es uno más entre miles. De acuerdo a la Defensoría del Pueblo, cada hora 10 mujeres son agredidas y cada día 12 de ellas resultan gravemente heridas o muertas. Las edades de las mujeres más golpeadas oscilan entre los 15 y 45 años de edad. Muy pocas, por no decir ninguna, encuentran eco a sus denuncias en el poder judicial, un ente anquilosado, injusto y pareciera que misógino por el poco caso que hace a las denuncias presentadas por mujeres. \"No me vas a creer, pero me he pasado casi 10 años en el poder judicial solicitando una pensión de alimentos y cuidados a la salud para mi hijo, que nació con una rara enfermedad\", nos cuenta Gladys Flores, una mujer de clase media de 39 años. \"El siempre se consiguió los mejores abogados mientras que yo muchas veces tuve que acudir a los de oficio o los gratuitos del Colegio de Abogados y claro, él ganaba siempre... o mejor dicho, los jueces siempre le daban la razón\", se queja. \"Y así, de apelación en apelación fueron pasando los años, a veces él desaparecía y no había forma de ubicarlo; mi hijo terminó el colegio y el abogado me advirtió que me quedaban dos años, pues cuando mi hijo cumpliera la mayoría de edad, ya no tendría derecho a reclamar nada\", añade. \"Para suerte nuestra -o así lo creía yo- cuando ingresó a la universidad, descubrió que su papá era profesor allí y hasta le dieron una beca por eso, pero el muy taimado en cuanto se enteró que lo habíamos ubicado y yo le había empezado un nuevo juicio de alimentos, renunció y desapareció hasta el día de hoy\", finaliza. El hijo de Gladys ya cumplió los 18 años y ella ya no tiene derecho a reclamarle los miles de soles que invirtió en su sustento y su precaria salud. Arruinada económicamente, dice que ella no cree en la justicia peruana. \"Menos si eres mujer\", subraya. Lisbeth Guillén, coordinadora del programa Derecho a la Participación Política y Ciudadana, del Movimiento Manuela Ramos, señaló a SEMlac que lamentablemente en el país \"la carga procesal impide que se haga justicia a las mujeres y que hayan efectivas sanciones y penas severas para todo aquel que golpea a la mujer\". Subrayó que solo cuatro de cada 10 mujeres ingresan a la fase procesal, de acuerdo con un estudio realizado por el Movimiento Manuela Ramos, y que debido a los problemas de comunicación de la Fiscalía de Familia y/o Juzgados, 30 por ciento de mujeres nunca se entera si prosperó o no su denuncia en la fase procesal. \"Las mujeres se sienten impotentes por la lentitud de los procesos, por esa razón muchas abandonan los casos. El mayor tiempo empleado en la atención de violencia familiar se centra en la revisión de expedientes, más que en las mismas audiencias a las mujeres, con o sin la presencia de sus agresores\", indicó. El mal diseño del sistema policial judicial hace que se prolongue el proceso, las mujeres deben pasar por diversas instancias lo que impide que la justicia se haga efectiva, explicó. Por otro lado, el carácter civil de la violencia familiar ha sido críticamente evaluado por los magistrados del poder judicial que entienden que la ley no permite actuar efectivamente sobre los agresores, dado que las sentencias resultan siendo benévolas con ellos: orden de cese de la violencia, orden de retiro del hogar, orden de tratamiento psicológico. El Código Penal Peruano establece los delitos de lesiones graves, lesiones leves y faltas contra las personas. Fue modificado por una ley que alarga las condenas, estableciendo que todo aquel que cause a otro un daño grave en el cuerpo o en la salud por violencia familiar será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cinco ni mayor de 10 años, así como con la suspensión de la patria potestad de acuerdo con lo establecido en el Código de los Niños y Adolescentes. En el caso de que la víctima fallezca por efecto de la violencia ejercida, y que el agresor haya podido prever el resultado, la pena se incrementará a no menos de seis años ni más de 15 años. Asimismo, esta ley señala que los casos en que las lesiones dolosas que requieran hasta 10 días de asistencia médica o descanso y donde concurran circunstancias agravantes como un hecho de violencia familiar, serán considerados delitos, sancionados con prestación de servicios comunitarios de 80 jornadas. En la actualidad, las normas penales no incluyen ningún tipo penal especial o agravante que contemplen la imposición de penas más graves en los casos de atentados contra la vida de las mujeres. En estos casos, los procesos se tramitan como homicidio calificado o como parricidio, en los cuales la pena privativa de libertad no puede ser menor de 15 años. Fotos: Archivo AmecoPress. http://www.amecopress.net/spip.php?article2838.
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martes, 19 de enero de 2010
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