Uno de las iniciativas, modifica el artículo 236 del Código Sustantivo de Trabajo con el objeto de ampliar la licencia de maternidad de 12 a 14 semanas.
El autor, el senador Juan Lozano, la definió como un logro del Congreso y un paso en la dirección correcta.
Este proyecto de ley aumenta en dos semanas la licencia de maternidad en Colombia y su origen radica en que en Colombia existe un régimen de licencia de maternidad de 12 semanas, que está por debajo de los estándares internacionales que es de 14.
Dicho proyecto contempla también que en caso de que el niño sea prematuro se concederán semanas adicionales que resulten de la diferencia entre la fecha gestacional y el nacimiento a término. También prevé que la mujer adoptante goce de estos mismos beneficios.
De otra parte, en la ley de víctimas, hay más de 25 artículos que constituyen un reto para la bancada de mujeres.
Estas proposiciones han sido elaboradas conjuntamente con las redes de mujeres y la sociedad civil, así como la del artículo 28 que consagra el derecho a vivir libres de violencia.
El artículo 54 de la ley de víctimas,permite la atención para los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres víctimas, y el artículo 117 se refiere a la entrega de predios a las mujeres despojadas.
Por su parte, el proyecto 42/2011 del Senado de la República, establece una protección especial a la mujer en estado de embarazo, y en etapa de lactancia, vinculada a través de contratos de prestación de servicios".
Esta iniciativa tiene por objeto establecer para la mujer en estado de embarazo y en la etapa de lactancia, vinculada a través de contrato de prestación de servicios, una protección especial.
Esta protección consiste en garantizar la estabilidad laboral reforzada de la mujer trabajadora en estado de gravidez, para evitar el rompimiento abrupto del vínculo contractual que le proporciona su sustento y el de su familia, por la la terminación del o suspensión del mismo.
martes, 17 de enero de 2012
Colombia: Conozca las leyes que benefician a la mujer
Pilar Salcedo J.
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